CÓMO ACTUAR ANTE UN IMPAGADO

Si una empresa recibe un impagado y al cierre del ejercicio ya han transcurrido más de seis meses desde el vencimiento, la sociedad o el empresario/profesional pueden deducirse el gasto por deterioro de clientes en el IS o en el IRPF (salvo en algunos casos concretos), según lo dispuesto en el art. 13.1 LIS. Sin…