Bankia ha sufrido en las últimas semanas un grave revés judicial, dado que el Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias que confirman la nulidad de la adquisición de acciones Bankia por la existencia de vicios en el consentimiento.
Las sentencias, de 3 de febrero de 2016, desestiman los recursos presentados por Bankia frente a una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia y otra de la Audiencia Provincial de Oviedo.
En ellas, se confirma la nulidad de la inversión en acciones, al considerar que los inversores se hicieron una representación equivocada de la solvencia de Bankia y de la posible rentabilidad de su inversión como consecuencia de la información económica y financiera contenida en el Folleto Informativo que, poco tiempo después, se reveló gravemente inexacta por la propia reformulación de las cuentas por Bankia y por su patente situación de falta de solvencia.
Además, se desestima la prejudicialidad penal alegada por Bankia, es decir, se descarta que los procedimientos de reclamación frente a Bankia deban ser suspendidos por la existencia de un procedimiento penal seguido en la Audiencia Nacional frente a los administradores de Bankia por presuntos delitos de administración desleal y falsedad contable.
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